UNA ELECCIÓN
SEGURA
Cobertura:
Asegura al promotor y sucesivos adquirientes de la obra nueva, la indemnización o reparación de los daños materiales producidos en la edificación por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación y estructura del edificio y comprometan su resistencia y seguridad. Comienza a la entrega de la obra y tiene una vigencia de 10 años.
Garantías Opcionales:
- Impermeabilización de fachadas.
- Impermeabilización de cubiertas.
- Renuncia a recurso contra contratista principal.
- Revalorización de capitales.
La norma fundamental dentro de nustros sistema legal de responsabilidad extracontractual es el árticulo 1902 del Código Civil que dice: “El que por acción u omisión cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, esta obligado a reparar el daño causado”.
Un seguro de responsabilidad civil, es la mejor protección para el promotor, la empresa constructora o cualquier agente que intervenga en el proceso de construcción, frente a reclamaciones de terceros.
Coberturas:
- Responsabilidad Civil de explotación.
- Responsabilidad Civil de subsidiaria de subcontratistas.
- Daños causados a conducciones aéreas o subterráneas.
- Responsabilidad Civil Patronal.
- Responsabilidad Civil Post-Trabajos.
- Responsabilidad Civil Cruzada.
- Responsabilidad Civil por daños a Preexistentes.
- Defensas y Fianzas Civiles y Penales.
Protéjase ante accidentes e imprevistos.
- Daños Materiales.
- Cobertura de mantenimiento y Conservación.
- Maquinaria y equipo de construcción.
- Gastos de remoción y demolición de escombros.
- Gastos adicionales por horas extraordinarias.
- Bienes adyacentes.
Obligatorio por ley para garantizar las cantidades a cuenta recibidas de los compradores de una vivienda.
Coberturas:
- No inicio de la construcción.
- Finalización fuera de plazo.
- No finalización de la construcción.
- No obtención de la licencia de 1ª ocupación.
En los convenios colectivos existe la obligación de la empresa respecto a sus asalariados para que, en caso de fallecimiento o invalidez, se indemnice al trabajador o a sus beneficiarios con una cantidad determinada.
Este seguro cubre a todos los trabajadores que estén dados de alta en el TC-2 de la empresa con los capitales pactados en el convenio.
Cubre los daños externos que sufra la maquinaria en la actividad diaria causados por un hecho accidental.
Coberturas:
- Incendio, explosión, impacto directo del rayo.
- Robo y expoliación.
- Hundimiento o desprendimiento de terrenos.
- Golpes, vuelcos, caídas o choques por impacto con objetos móviles.
